Se llevó a cabo la elección de los representantes estudiantes para el Consejo Técnico 2010-2011 en la Facultad de Humanidades.
Los consejales se eligieron a través del voto de los representantes de grupo y los resultados fueron los siguientes:
Los consejales se eligieron a través del voto de los representantes de grupo y los resultados fueron los siguientes:
Consejeros técnicos propietario y suplente, respectivamente, por Sociología: Cesar Martín Acosta García y Rosa Isela Renteria Martínez; por Filosofía: Lucero J. López Olivares y Miguel Ángel Ortega Martin del Campo; por Historia: Natalia Espinoza Flores y Jocelin Mariscal Agreda; por Lengua y Literatura de Hispanoamérica: Clara Janet Quiroz Ocegueda y Angélica Isela Estrada Guzmán; por Pedagogía: Manuel Iván Cañez García y Marlene Beatriz Orozco; y, por Comunicación: Violeta Guevara Amézquita y Eduardo Merlo López.
Del mismo modo se eligieron representantes para el Consejo Universitario quedando como propietarios y suplentes, respectivamente, Manuel Iván Cañez García y Rosa Isela Renteria Martínez por el turno vespertino y; Olga María Cadena Campay y Eduardo Merlo López por el turno matutino.
De acuerdo con el artículo 136 del Estatuto General de la Universidad Autónoma de Baja California, "En cada facultad, escuela o instituto de la Universidad funcionará un Consejo Técnico que será el órgano de consulta y asesoramiento técnico y científico en los asuntos propios de la dependencia". El consejo está conformado por 6 representantes alumnos y 6 maestros, con sus respectivos suplentes, por un secretario y será presidido por el director de la facultad.
El consejo electo tendrá las siguientes atribuciones, según el artículo 146, del mismo estatuto:
· Formular los proyectos de reglamentos internos de su facultad, escuela o instituto y someterlos, por conducto del rector, a la aprobación del Consejo Universitario.
- Estudiar y opinar sobre los proyectos e iniciativas de carácter académico que les presente el rector, el director, los miembros del personal académico y los alumnos, o los que surjan de su seno.
- Estudiar y opinar sobre los planes y programas de estudio de la facultad o escuela respectiva, para someterlos por conducto del rector, a la consideración y aprobación del Consejo Universitario.
- Estudiar y opinar sobre los proyectos de investigación que se propongan al instituto y sobre los que se realicen.
- Aprobar o impugnar las ternas que para director de la facultad, escuela o instituto le sean enviadas por el rector.
- Hacer observaciones a las resoluciones del Consejo Universitario o del rector que tengan carácter técnico o legislativo y afecten a la facultad, escuela o instituto. Dichas observaciones deberán hacerse por mayoría de dos tercios de los votos computables del Consejo Técnico y no producirán otro efecto que el de someter el asunto a la decisión o reconsideración del Consejo Universitario.
- Dictaminar sobre el nombramiento de profesores e investigadores extraordinarios y eméritos.
- Conocer del plan de desarrollo de su facultad, escuela o instituto.
- Conocer de la distribución de actividades académicas entre el personal académico, aprobada por la Dirección.
- Conocer y opinar del informe anual de actividades que el director presente.
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